Dirección

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Mg. Rafael Luis Gutiérrez Sánchez.  DIRECTOR UGEL N°15 – HUAROCHIRI

La Unidad de Gestión Educativa Local de Huarochirí, es el Órgano de Ejecución Desconcentrado del Ministerio de Educación, responsable de adecuar, ejecutar y administrar la política educativa para asegurar un servicio educativo de calidad con equidad.

El titular de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huarochirí depende orgánicamente de la Dirección Regional de Educación Lima Provincia y es el funcionario con mayor nivel jerárquico en su ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley.

FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III

Es el órgano de Dirección con mayor nivel jerárquico en su ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley. Sus funciones son:

  • Cumplir y hacer cumplir las funciones aprobadas en la Ley Nº 28044 Ley General de Educación y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 011-2012-ED, y demás normas vigentes, en los aspectos administrativos, pedagógicos e institucionales.
  • Ejercer la representación institucional de la UGEL 15 y la titularidad de la Unidad Ejecutora.
  • Aprobar políticas de Gestión, memoria Anual, estados financieros, Plan Operativo, Planes y Programas de Desarrollo Institucional, así como las estrategias para aplicación del presupuesto y/o sus modificaciones para su ejecución y el logro de sus objetivos y metas.
  • Convocar y presidir las reuniones con los Órganos de Línea, de Control Institucional y de Asesoramiento, estableciendo el marco técnico operativo al cual debe sujetarse la gestión, supervisando la ejecución de los acuerdos, el avance y dinamismo de las actividades operacionales de la Institución, coadyuvando a su desarrollo y consolidación.
  • Asegurar la aplicación y adecuación de la política y normatividad educativa en su ámbito, en armonía y coordinación con el sector, la DRELP, velando por su cumplimiento y liderando el proceso de mejoramiento continuo de la Calidad, Equidad y Eficiencia del Servicio Educativo.
  • Proporcionar asesoramiento y asistencia técnico-pedagógico, institucional, administrativa, formativa y de investigación a las Instituciones y Programas Educativos de la jurisdicción.
  • Implementar medidas encaminadas a modernizar, desconcentrar y fortalecer la gestión pedagógica, institucional y administrativa  estableciendo indicadores de cambio, para mejorar la Calidad Educativa en las Instituciones Educativos y Programas Educativos.
  • Promover la creatividad, iniciativa, productividad, eficiencia y eficacia del personal.
  • Gerenciar la entidad a su cargo y evaluar la gestión de sus áreas, de las Instituciones y Programas Educativas, adoptando oportunamente, las acciones preventivas y correctivas pertinentes presentando los informes correspondientes de su gestión a la superioridad.
  • Emitir directivas en materia de organización interna y expedir Resoluciones Directorales sobre los asuntos de su competencia.
  • Designar, nombrar y/o remover en los cargos a los jefes de Área, rotación de personal considerando las necesidades operativas de la UGEL y en concordancia con las normas legales vigentes..
  • Proponer la Jefatura del Órgano de Control Institucional, comunicando a la Contraloría General de la República en el supuesto que se desempeñe la función de Control de manera negligente e insuficiente, informar inmediatamente de manera sustentada y reservada a la Contraloría General. La acción de personal que implique el desplazamiento del Jefe de OCI, será comunicada previamente a la Contraloría General, para su aprobación correspondiente.
  • Cautelar y garantizar la apropiada asignación de los recursos económicos, logísticos y humanos, necesarios para el cumplimiento de sus funciones, acciones y actividades de control previstas en el Plan Anual de Control, incluyendo las acciones de control no programadas que debe ejercer OCI.
  • Designar anualmente a los miembros Titulares y Suplentes de la Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios para personal docente y administrativo (COPROA – COPROAD).
  • Suscribir y refrendar las resoluciones sobre hechos investigados y comprobados por COPROAD, para docentes, que no excederá de 45 días hábiles improrrogables;  en el caso de administrativos, no podrá exceder de 30 días hábiles improrrogables determinando el tipo de sanción a aplicarse, bajo responsabilidad.
  • Aprobar mediante resolución el nombramiento, contrato, promoción, suspensión, cese y destitución del personal docente y administrativo, en concordancia a las disposiciones legales vigente.
  • Delegar las funciones que consideren necesarias dentro de los límites que establece la ley.
  • Designar a un secretario de actas en las reuniones con los Jefes de las Áreas, con representaciones gremiales y/o cuando se requiera.
  • Revisar, analizar, evaluar y someter en reunión con los Jefes de Áreas, los resultados de la Gestión Anual, así como los estados financieros y la memoria  anual de cada ejercicio, oportunamente.
  • Informar al Director de la DRELP y al Gobierno Regional de Lima sobre la implementación de recomendaciones de las Auditorias y Exámenes que se practiquen en la Institución, así como el cumplimiento de la ejecución presupuestal y de los planes operativos de cada una de las dependencias de la institución
  • Proponer la política remunerativa de la institución, en concordancia con las normas aplicables sobre la materia, así como disponer la evaluación permanente del personal del CAP, CAS y Eventuales en concordancia con las normas vigentes.
  • Coordinar y concentrar la ejecución de acciones con Organismos Públicos y Privados, Nacionales e Internacionales para el cumplimiento de sus fines, logrando el apoyo y cooperación, mediante la suscripción de convenios y/o contratos tratándose de entidades Internacionales, deberá coordinar con los órganos pertinentes del Ministerio de Educación y/o GRL
  • Otras dentro del ámbito de su competencia que le asigne el Director de la DRELP y/o el GRLP.

El órgano de Dirección cuenta con personal encargado de desarrollar las acciones de actas y certificados, trámite documentario e imagen institucional.

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